lunes, 15 de enero de 2024

§ 160. Presentación núm. 10/2023 Revista de Jurisprudencia Laboral.



Se acaba de publicar el núm. 10/2023 de la Revista de Jurisprudencia Laboral. 

El número completo pueden leerse en abierto en este enlace: https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/anuario.php?id=L_2023&fasc=10

Se adjunta la presentación.

Presentación del número 10/2023 de la Revista de Jurisprudencia Laboral (RJL)

Son diez, como en todos los números, las resoluciones jurisdiccionales de actualidad en el ámbito social que se comentan en esta última entrega de la RJL del año 2023.


La STJUE (Sala Primera) de 19 de octubre de 2023, examinada por Susana Rodríguez Escanciano, entiende que no debe aplicarse el principio general de equiparación entre personas trabajadoras a tiempo completo y a tiempo parcial a la hora de fijar la franja a partir de la cual se abona la retribución adicional correspondiente a un incremento extraordinario de jornada, sino que para ello debe acudirse al parámetro de proporcionalidad en función de la jornada particular de cada persona trabajadora, pretendiendo compensar así de forma individualizada la carga de trabajo soportada.


Juan Martínez Moya diserta sobre la STJUE (Sala Primera) de 9 de noviembre de 2023 (C-271/22 a C-275/22), que aborda la fijación de límites temporales para reclamar el derecho al disfrute de vacaciones (o, en su defecto, la compensación económica oportuna), cuando concurren sucesivos aplazamientos motivados por bajas médicas prolongadas. La similitud de la norma alemana cuestionada con la española del ET concede especial atención al caso. 


El Director de la RJL se centra en la STS-CONT 1333/2023, de 26 de octubre, que analiza la legitimación para iniciar el procedimiento tendente a rebajar la edad general de jubilación cuando concurren circunstancias gravosas en el tipo de actividad desarrollada, analizando la situación anterior a la modificación en 2022 de la LGSS, y concluyendo que aunque el procedimiento para rebajar la edad de jubilación podía instarse de forma unilateral (por los sindicatos o por las patronales) con anterioridad, ahora, tras la modificación técnica operada, esta posibilidad no es viable.


Óscar López Bermejo desmenuza la STS-SOC 566/2023, de 19 de septiembre, que versa sobre la condena a daños y perjuicios por los salarios dejados de percibir en casos de nulidad de la extinción contractual acordada por el Organismo de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo en el marco de una relación laboral especial de penados. Lo singular es que para la cuantificación indemnizatoria se toma en consideración como referencia analógica los salarios dejados de percibir entre dos fechas: la del fin de la relación y la de la sentencia que obliga a la readmisión.


La STS-SOC 600/2023, de 28 de septiembre, tratada por Belén García Romero, aborda cuál debe ser el plazo que debe mediar entre la declaración de incapacidad permanente absoluta del empresario y su comunicación a los trabajadores para que opere la causa extintiva de los contratos de trabajo.


Francisco Vila Tierno da cuenta de la STS-SOC 719/2023, de 4 de octubre que entiende grave el retraso empresarial en abonar el salario del trabajador, consintiendo así la extinción intimada ex art. 50 ET. Emplea para ello dos criterios. En primer lugar, el temporal, en relación con la continuidad y reiteración de la conducta, lo que excluye incumplimientos esporádicos. Y, en segundo lugar, el cuantitativo, que tiene en consideración el montante debido en relación con el salario del trabajador.


La STS-SOC 725/2023, de 10 de octubre, estudiada por Magdalena Nogueira Guastavino, cuestiona si el salario mínimo interprofesional es aplicable a las relaciones laborales de carácter especial, en este caso a la relación laboral especial de personas que intervengan en operaciones mercantiles sin asumir el riesgo de la operación, entendiendo que la alusión, como derecho laboral básico en el art. 4.2.f) ET a la remuneración “legalmente establecida”, presupone “lógicamente el obligado respeto a la cuantía del SMI”.


El Subdirector de la RJL analiza la STS-SOC 731/2023, de 10 de octubre, que evalúa que el trabajador (dedicado a la construcción) que ha sufrió la pérdida de un ojo por un accidente laboral debe ser calificado como incapaz permanente total para el ejercicio de su profesión habitual, en contra del criterio tradicional que se mantiene para estas lesiones en relación a otras profesiones. La resolución tiene el mérito de analizar para esta prestación los criterios que deben manejarse para superar el juicio de contradicción en la admisión a trámite del recurso, así como perfilar cuáles son sus excepciones.


José Luis Monereo Pérez disecciona la STS-SOC 750/2023, de 17 de octubre, que trata un tema clásico del despido disciplinario, la posibilidad de que el convenio colectivo aplicable tipifique para su ámbito de aplicación una determina conducta y la sancione con la extinción contractual. En este caso se entendía, en el ámbito profesional de un supermercado, como transgresión de la buena fe contractual la sustracción de productos del establecimiento, con independencia del valor económico del mismo, lo que aboca a la extinción contractual, aunque el importe económico de lo sustraído sea realmente nimio, pues la transgresión de la buena fe no se sujeta a mecanismos de graduación.


El último número del año se cierra con la exposición por parte de Faustino Cavas Martínez de la SJS núm. 7 Murcia 32/2023, de 27 de abril, que reconoce legitimación activa a la empresa para interesar en vía judicial, a través de un procedimiento ordinario, la declaración de procedencia del despido disciplinario (no impugnado por la parte trabajadora) que ella misma realizó durante la vigencia del compromiso de mantenimiento del empleo durante el tiempo que la trabajadora estuvo en ERTE por Covid-19, pretendiendo con ello evitar la reclamación de reintegro de las exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social aplicadas.

 

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